Programa de lucha contra la exclusión social

. Publicado en Fomento y Empleo

people_iconEl Ayuntamiento de Ubrique va a poner en marcha parcialmente el Decreto Ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social, concretamente el Programa de Ayuda a la contratación, a través del cual se van a ofertar a los ciudadanos de Ubrique contratos de trabajo entre 15 días y 3 meses. Para participar en dicho Programa las personas interesadas deberán presentar, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Ubrique, desde el 17 de junio hasta el 27 de junio, ambos inclusive, la siguiente documentación.

1. Documentación imprescindible para participar

  • Instancia en modelo oficial que se le facilitará en el Ayuntamiento.
  • Fotocopia compulsada de los D.N.I. de los miembros mayores de edad de la unidad familiar del solicitante.
  • Certificado de empadronamiento acreditativo de que todas las personas que constituyen la unidad familiar se encuentran empadronadas como convivientes en un mismo domicilio al menos desde el 1 de junio de 2012 de forma ininterrumpida, que se facilitará en el Ayuntamiento.
  • Certificado expedido por el S.A.E. de periodos de inscripción desde el día 17 de diciembre de 2011 hasta el día de la solicitud de dicho certificado.
  • Declaración expresa responsable del solicitante sobre ingresos percibidos por toda la unidad familiar durante los 6 meses anteriores a la solicitud.

2. Documentación a presentar solo si está en alguna de esas situaciones

  • En el supuesto de matrimonio, copia del libro de familia.
  • En el supuesto de Uniones no matrimoniales, certificado de inscripción en el registro de Parejas de Hecho.
  • Certificado del S.A.E. para cada uno de los miembros de la Unidad Familiar que acredite su situación como demandante de empleo durante los 6 meses anteriores a la solicitud.
  • Título de Familia Numerosa.
  • Certificado de discapacidad superior al 33% o situación de dependencia.
  • Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género.
  • Documentación acreditativa de la relación de tutela, guarda o acogimiento familiar.

Muy importante

  • Si no se presenta TODA la documentación del apartado 1 o si la misma no acredita los requisitos exigidos la solicitud será excluida.
  • La baremación se realizará exclusivamente en función de la documentación que se presente del apartado 2 y conforme a los criterios establecidos en el citado Decreto Ley.

Por Unidad Familiar se entenderá la constituida por el solicitante y en su caso el cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita y los hijos de uno y otro, con independencia de la edad, incluyendo los vinculados por relación de tutela o acogimiento familiar que residan en la misma vivienda. Esa residencia común debe remontarse al menos al 1 de julio de 2012 de forma ininterrumpida.

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