El Ministerio de Sanidad prohíbe los velatorios y restringe las ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19
La normativa se aplicará a todos los velatorios, independientemente de las causas del fallecimiento, en instalaciones públicas y privadas, incluyendo los domicilios particulares, durante el estado de alarma.
- La celebración de cultos religiosos o ceremonias civiles se pospondrán hasta que finalice el estado de alarma.
- En el enterramiento o cremación, se permitirá la asistencia de tres familiares o allegados, que deberán respetar entre ellos la distancia de uno a dos metros.
- Las medidas excepcionales que recoge esta orden ministerial se publican hoy en el orden ministerial publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
30 de marzo de 2020.- El Ministerio de Sanidad ha prohibido todos los velatorios, independientemente de la causa del fallecimiento y de si se celebran en instalaciones públicas o privadas, incluido los domicilios particulares, para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19.