Medidas adoptadas en materia económica en el estado de alarma

. Publicado en Emergencias

listado medidas economicas covid19 pCon ocasión de la situación especial originada por el Estado de Alarma y dada la limitación de acción de la ciudadanía así como las dificultades económicas originadas, en materia de recaudación de los tributos locales, el Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación Provincial, con el que tenemos convenidas estas competencias, de cara a facilitar a la ciudadanía el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la hacienda local, ha tomado, entre otras las siguientes medidas:

  • No se llevará a cabo embargo alguno durante el Estado de Alarma.
  • No se van a devengar recargos nuevos ni intereses durante el tiempo que dure esta situación especial.
  • En caso de deuda que coincida con plazos de cobro vencidos durante el periodo de confinamiento, se va a mantener en la misma situación que se encontraba cuando se decretó el estado de alarma una vez transcurrido éste.
  • Las domiciliaciones previstas se remitirán con normalidad. Las devueltas volverán a ser domiciliadas por segunda vez una vez termine el Estado de Alarma.
  • El IVTM (Impuesto de vehículos) cuyo periodo voluntario termina en abril se amplía hasta el 20/07/2020.
  • El IBI del Primer Semestre, cuyo periodo voluntario termina en mayo, se amplía hasta el 25/07/2020.

Servicios activos de atención y denuncia de situaciones de violencia de género durante el estado de alarma por el COVID-19

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cartel servicios violencia genero covid19 pEl Ayuntamiento de Ubrique, desde la Delegación de Mujer y Políticas de Igualdad, informa que en la situación de confinamiento que nos sitúa el COVID-19, las mujeres víctimas de violencia de género son un colectivo especialmente vulnerable ya que, en muchos casos, se ven forzadas a convivir con su agresor, lo que las sitúa en una situación de mayor riesgo.

El Real Decreto Ley 12/2020, de 31 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género, destaca la importancia de llevar a cabo medidas dirigidas a la protección y asistencia de las mujeres víctimas de violencia de género y, en particular, de aquellas que puedan encontrarse en una situación de especial vulnerabilidad. Debido a esto, en el anterior recurso se garantiza el adecuado funcionamiento de los servicios destinados a su protección y asistencia.

Desde el Ayuntamiento de Ubrique se pone a disposición de las mujeres y de la población general los siguientes teléfonos y datos de contacto que permanecen activos para atender y denunciar situaciones de violencia de género durante el estado de alarma por el COVID-19.

Concurso de Dibujo Infantil Online de Ubrique

. Publicado en Juventud

cartel concurso dibujo infantil online pLas Delegaciones de Juventud, Infancia y Educación del Ayuntamiento de Ubrique llevarán a cabo durante el mes de abril un Concurso de Dibujo Infantil Online.

Se establecen cuatro categorías para los y las participantes: de 3 a 5 años, de 6 a 8 años, de 9 a 10 años y de 11 a 12 años. Respecto a los reconocimientos al esfuerzo por el confinamiento, consistirán en un lote de material de dibujo para el o la primera de cada categoría y un diploma virtual para todos los y las participantes.

Para más información, las personas interesadas pueden contactar a través del teléfono 956 46 25 21 o mediante la dirección de email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. El horario de atención será de lunes a viernes de 09:30 a 13:30 y de 16:30 a 19:30 horas.

Las bases de este concurso son las siguientes:

¿Cómo puedo participar?

Envía los trabajos (dentro de los plazos indicados), con tu nombre, apellidos y edad a través del Messenger del perfil de Facebook de la Delegación de Juventud (Juventud Ubrique).

Modificaciones de las medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19

. Publicado en Emergencias

listado medidas economicas covid19 pEl Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo y el Real Decreto Ley 11/2020 de 31 de marzo establecen una serie de modificaciones de las medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19:

  • Si eres trabajador asalariado y tu empresa suspende tu contrato o reduce tu jornada de trabajo por ERTE, tienes derecho a una prestación contributiva aún sin periodo mínimo de cotización y no computa a efectos de percepciones establecidos. Si tu empresa solicita un ERTE a la autoridad laboral, la gestión de la prestación la tramita la empresa junto al SEPE, sólo tendrás que realizar tu inscripción como demandante en el SAE.
  • Se aprueba un subsidio excepcional por fin de contrato temporal para personas trabajadoras que disfrutasen de un contrato de al menos, dos meses y haya finalizado en el periodo del estado de alarma, aunque no cuente con las cotizaciones suficientes para acceder a una prestación.
  • Si eres autónomo, no pagarás cuota a la seguridad social durante el periodo de Estado de alarma con el objetivo de minimizar los despidos, además si tienes una caída del 75% de los ingresos durante el periodo del estado de alarma, podrás solicitar a tu mutua colaboradora de la Seguridad Social la prestación extraordinaria de autónomos. Podrán solicitar aplazamiento de las cuotas a la TGSS y la devolución correspondiente del mes de marzo desde la declaración del estado de alarma.

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